Beatriz Aguilar Alejandrez

La cadena de custodia es la aplicación de un conjunto de métodos que permitirán asegurar el correcto embalaje de la evidencia encontrada en la escena de un hecho violento, dicho proceso garantizara la integridad del indicio y que este no sea objeto de sustitución (intencional o accidental) por lo que se debe asegurar su sellado y el detallado de la descripción en el etiquetado, incluyendo datos del recolector, fecha y otras especificaciones que puedan necesitarse.
El fin primordial del embalaje es individualizar y garantizar la integridad de la evidencia material, la estructura interna y externa del empaquetado debe cumplir el objetivo de salvaguarda que un análisis judicial requiere, asegurando la protección, de esta forma se evitara que los resultados que se obtengan puedan ser cuestionados o descartados en un proceso penal.

Restar credibilidad a un indicio probatorio puede ser utilizado por la defensa en un caso de asesinato, ejemplo de ello fue el casi de O.J. Simpson, en la que la fiscalía lo acuso por el asesinato de su esposa y su defensa se basó en negar el valor probatorio de las pruebas que lo incriminaban y todo por su incorrecta manipulación, en este caso la policía mostro la evidencia en una rueda de prensa, sin respetar los fundamentos de la cadena de custodia.
Lo que busca la norma jurídica respecto de la cadena de custodia es la tutela al debido proceso, derecho constitucionalmente protegido para todas las personas, por lo que la inobservancia constituirá de manera automática la nulidad absoluta por que se ha violado la garantía constitucional.

La protección de la evidencia se aplicará de la misma manera con el transporte al laboratorio o a un almacén intermedio previo a su análisis, ya que se deben ofrecer las condiciones necesarias para preservar la evidencia y evitar su degradación o daño. La cadena de custodia es un procedimiento establecido por la ley, destinado a mantener la fuerza o calidad probatoria de la evidencia, garantizar sin lugar a duda que fue recolectada en la escena.
Javier Badilla en la capacitación, Procesamiento, escena del crimen, define a la cadena de custodia como: “El procedimiento de control que se aplica al indicio material relacionado con el delito, desde su localización por pate de una autoridad, hasta que ha sido valorada por los órganos de administración de justicia y deja de ser útil al proceso, teniendo como fin no viciar el manejo que de él se haga para evitar alteraciones, daños, sustitución, contaminación, destrucción o cualquier acción que varíe su significado original”.

La cadena de custodia de la prueba se regirá por los siguientes principios: Aseguramiento, Licitud, Veracidad, Necesidad, Obtención coactiva, inmediación, publicidad y contradicción de la prueba, siendo esta una garantía procesal, ya que se busca mantener la evidencia física a lo largo del proceso penal, por lo que el resguardo adecuado, le brindará al imputado la garantía de que la prueba en su contra no será arbitrariamente manipulada.