De acuerdo con el artículo 16 de la Constitución Política, la detención por caso urgente se dará cuando se trate de delitos graves, así considerados por la ley y ante un riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse de la acción de la justicia. Es el criterio de la Primera Sala de la Corte […]
a través de La Primera Sala fijó criterios en materia de detención en caso urgente — Canal Judicial